Mantenimiento de edificios: importancia de prevenir
Para la mayoría de las personas, y entre ellas también hay que incluir a la mayoría de los Agentes de la Edificación, el mantenimiento no va más allá de realizar tareas encaminadas a reparar defectos que impiden que el edificio, o parte de él, pueda desempeñar las funciones para las que ha sido proyectado en su vida útil.
La importancia y características del mantenimiento están relacionadas con el nivel económico que la sociedad disfruta. Así un menor nivel favorece el mantenimiento correctivo, mientras que el preventivo es propio de una colectividad más desarrollada. Todos los estudios existentes a este respecto señalan que el costo de mantenimiento de un edificio está compensado con los beneficios que éste le proporciona, al aumentar el nivel de confort, asegurar el buen funcionamiento de las instalaciones y alargar la vida del inmueble.
La tipología del edificio, su diseño, los materiales empleados, las instalaciones y los acabados juegan un papel destacado, condicionan el uso y obliga a los usuarios a establecer unos determinados compromisos hacia la durabilidad y permanencia del edificio en unas determinadas condiciones para evitar en la medida de lo posible actuaciones correctoras de urgencia cuyo coste supera al mantenimiento planificado.
La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE, Ley 38/1999, de 5 de noviembre), recoge esta necesidad y establece que los propietarios y usuarios tienen la obligación de conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento, así como la utilización adecuada de los edificios en conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en la documentación de la obra ejecutada.
El presente Manual, fruto de la colaboración entre la Dirección General de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas del Gobierno de La Rioja y el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de La Rioja, viene a suplir la carencia que se produce en aquellas viviendas cuya fecha de construcción es anterior a la entrada en vigor de la LOE y que consecuentemente no disponen del correspondiente Libro del Edificio donde se definen todas las actuaciones encaminadas a garantizar la conservación del edificio.
Como representante del colectivo de aparejadores y arquitectos técnicos, a través de este prólogo, deseo trasmitir y reiterar al conjunto de la sociedad y en particular a los propietarios de viviendas nuestra disponibilidad para informar, asesorar y dictaminar sobre todas aquellas cuestiones técnicas relacionadas con el uso y mantenimiento de los edificios.
Jesús Ezquerro Suberviola
Presidente COAAT Rioja