MANUAL DE MANTENIMIENTO | 1.INTRODUCCIÓN INDICE   
  PRESIDENTE DEL C.O.A.A.T. RIOJA
 
  CONSEJERO DE VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS

PRESIDENTE DEL COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA RIOJA

JESÚS EZQUERRO SUBERVIOLA

Ver presentación

Mantenimiento de edificios: importancia de prevenir

Para la mayoría de las personas, y entre ellas también hay que incluir a la mayoría de los Agentes de la Edificación, el mantenimiento no va más allá de realizar tareas encaminadas a reparar defectos que impiden que el edificio, o parte de él, pueda desempeñar las funciones para las que ha sido proyectado en su vida útil.

La importancia y características del mantenimiento están relacionadas con el nivel económico que la sociedad disfruta. Así un menor nivel favorece el mantenimiento correctivo, mientras que el preventivo es propio de una colectividad más desarrollada. Todos los estudios existentes a este respecto señalan que el costo de mantenimiento de un edificio está compensado con los beneficios que éste le proporciona, al aumentar el nivel de confort, asegurar el buen funcionamiento de las instalaciones y alargar la vida del inmueble.

La tipología del edificio, su diseño, los materiales empleados, las instalaciones y los acabados juegan un papel destacado, condicionan el uso y obliga a los usuarios a establecer unos determinados compromisos hacia la durabilidad y permanencia del edificio en unas determinadas condiciones para evitar en la medida de lo posible actuaciones correctoras de urgencia cuyo coste supera al mantenimiento planificado.

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE, Ley 38/1999, de 5 de noviembre), recoge esta necesidad y establece que los propietarios y usuarios tienen la obligación de conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento, así como la utilización adecuada de los edificios en conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en la documentación de la obra ejecutada.

El presente Manual, fruto de la colaboración entre la Dirección General de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas del Gobierno de La Rioja y el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de La Rioja, viene a suplir la carencia que se produce en aquellas viviendas cuya fecha de construcción es anterior a la entrada en vigor de la LOE y que consecuentemente no disponen del correspondiente Libro del Edificio donde se definen todas las actuaciones encaminadas a garantizar la conservación del edificio.

Como representante del colectivo de aparejadores y arquitectos técnicos, a través de este prólogo, deseo trasmitir y reiterar al conjunto de la sociedad y en particular a los propietarios de viviendas nuestra disponibilidad para informar, asesorar y dictaminar sobre todas aquellas cuestiones técnicas relacionadas con el uso y mantenimiento de los edificios.

Jesús Ezquerro Suberviola
Presidente COAAT Rioja


 

CONSEJERO DE VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS
DEL GOBIERNO DE LA RIOJA

ANTONIO BURGOS NAVAJAS

Ver presentación

La Ley de Ordenación de la Edificación considera a los propietarios y usuarios de las viviendas agentes de la edificación con derechos y obligaciones en el hecho edificatorio y exige a los promotores la entrega del “Libro del Edificio”, que contiene, entre otros documentos obligatorios, el correspondiente manual de uso y conservación.

La Ley 2/2007, de 1 de marzo de Vivienda de La Comunidad Autónoma de La Rioja establece de forma expresa que los propietarios y usuarios de las viviendas están obligados a mantenerlas en buen estado de conservación, uso, mantenimiento y seguridad y contempla la realización de inspecciones periódicas para supervisar el estado de conservación de los edificios en el marco del ámbito competencial municipal.

El Libro del Edificio está regulado en nuestra Comunidad por el Decreto 38/2004, de 2 de julio de forma que los propietarios de viviendas entregadas a partir del mes de enero de 2005 disponen del manual de uso y conservación específico para su edificio. Sin embargo, los titulares de promociones anteriores a esa fecha, a quienes no les fue entregado ese manual, carecen a menudo de información técnica suficiente sobre las actuaciones que deben realizar para garantizar que sus viviendas y los elementos e instalaciones comunes del edificio, permanezcan en las debidas condiciones de seguridad, uso y conservación. Este “Manual de uso y mantenimiento de edificios” está especialmente dirigido a este colectivo de propietarios que adquirieron sus viviendas antes de que fuera obligatoria la entrega del Libro del Edificio.

Además, este manual contiene un apartado específico dedicado al uso de las energías renovables y al ahorro energético en nuestros hogares que pone de manifiesto el compromiso del Gobierno de La Rioja con la protección del medio ambiente y el fomento de la calidad en la edificación, no sólo en el momento de la entrega de las viviendas, sino durante toda la vida útil del edificio

En definitiva, este “Manual de uso y mantenimiento de edificios” pretende contribuir a conservar nuestro parque inmobiliario en las debidas condiciones, atendiendo a parámetros de habitabilidad y medioambientales, desde la convicción de que mejorar la calidad de nuestros edificios es mejorar nuestra calidad de vida.

Por último, agradecer la colaboración del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de La Rioja, por la definición de los contenidos técnicos del manual y al Colegio Oficial de Administradores de Fincas de La Rioja, por su distribución. Una vez más el trabajo conjunto de los agentes sociales y de la Administración permite prestar al ciudadano un servicio útil y de calidad.
Atentamente,

Antonino Burgos Navajas
Consejero de Vivienda y Obras Públicas
del Gobierno de La Rioja